Comité de Dirección
El Comité de Dirección es el órgano colegiado de gobierno ordinario de la EDUEx. Será convocado por la Dirección y tendrá asignadas las siguientes funciones:
a) Elegir a los miembros del Consejo Permanente.
b) Elaborar y proponer al Consejo de Gobierno, para su aprobación, el Reglamento de Régimen Interno de la EDUEx y, en su caso, sus modificaciones.
c) Impulsar la colaboración con otras Escuelas de Doctorado y otros Centros de Investigación.
d) Difundir, visibilizar y promover la oferta de los programas de doctorado
e) Promover doctorados internacionales conjuntos y el intercambio en estudios de doctorado.
f) Adoptar el código de buenas prácticas al que deberán comprometerse todas las personas integrantes de la EDUEx.
g) Aprobar las propuestas de implantación, modificación o supresión de programas de doctorado.
h) Realizar el seguimiento de las titulaciones de doctorado que se impartan en la EDUEx, garantizando la realización de evaluaciones regulares de calidad.
i) Aprobar los autoinformes de seguimiento y renovación de la acreditación de los programas de doctorado.
j) Planificar la necesaria oferta de actividades inherentes a la formación y desarrollo de cada estudiante de doctorado.
k) Constituir cuantas comisiones delegadas juzgue oportunas para el ejercicio de sus funciones.
l) Asesorar a la Dirección en la propuesta de los miembros del Comité Asesor Internacional.
m) Proponer o aprobar, en su caso, las modificaciones en los equipos de investigación de los programas de doctorado de la EDUEx, de acuerdo a lo establecido en la normativa y legislación aplicable y a lo establecido en este reglamento.
n) Resolver los conflictos que se planteen entre los distintos órganos de la EDUEx, de acuerdo con la normativa vigente en la UEx
o) Aprobar el informe anual de la Dirección, que deberá incluir una memoria de las actividades de la EDUEx y del Plan Estratégico para el siguiente periodo, que incluirá, a su vez, las directrices presupuestarias del mismo, y aprobar el ejercicio económico precedente
p) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la legislación vigente, los Estatutos de la UEx y la normativa universitaria.
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