Consejo Permanente
Corresponde al Consejo Permanente la resolución de los asuntos de trámite, así como aquellas otras cuestiones que, por delegación, el Comité de Dirección le encomiende expresamente. Establecerá un calendario de reuniones con el fin de atender los asuntos ordinarios de trámite. Los acuerdos del Consejo Permanente serán comunicados, a la mayor brevedad posible, al Comité de Dirección.
Actas