Normativa Mención Industrial
El artículo 44 de la Normativa de Doctorado, establece que se otorgará la mención «Doctorado Industrial» siempre que concurran las siguientes circunstancias:
a) La existencia de un contrato laboral o mercantil con el doctorando. El contrato se podrá celebrar por una empresa del sector privado o del sector público, así como por una Administración Pública. Dicho contrato deberá firmarse antes de la evaluación del Plan de investigación de cada estudiante.
b) La persona que curse el doctorado deberá participar en un proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental que se desarrolle en la empresa o Administración Pública en la que se preste el servicio, que no podrá ser una Universidad. El proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental en el que participe tiene que tener relación directa con la tesis que realiza. Esta relación directa se acreditará mediante una memoria que tendrá que ser visada por la Comisión Académica del Programa.
c) Estudiantes de doctorado que tengan contrato con la Universidad no podrán obtener la mención de Doctorado industrial, a efectos de no incumplir el apartado b).
En el caso de que el proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental se ejecute en colaboración entre la Universidad y la empresa o Administración Pública en la que se preste servicio el estudiante de doctorado, se suscribirá un convenio de colaboración marco entre las partes. En este convenio se indicarán las obligaciones de la Universidad y las obligaciones de la empresa o Administración Pública, así como el procedimiento de selección de estudiantes.
La persona que curse el doctorado además de la tutorización designada por su Comisión Académica contará con una persona responsable designada por la empresa o Administración Púbica, que podrá ser, en su caso responsable de la Tesis de acuerdo con la Normativa de Doctorado de la UEx.
El Comité de Dirección de la EDUEx, en su reunión del día 25 de febrero del 2022, aprobó el siguiente desarrollo normativo:
A los estudiantes que comenzaron estudios en el curso 2023-24 o sucesivos, se les aplican los requisitos establecidos en el artículo 15.bis del Real Decreto 99/2011, modificado por el Real Decreto 576/2023:
a) Que la tesis haya desarrollado un proyecto de investigación de interés industrial, comercial, social o cultural de una entidad, empresa pública o privada o administración pública. Quedan excluidas las universidades, los organismos públicos de investigación (nacionales o autonómicos) y los hospitales universitarios. De manera excepcional, se podrá realizar esta mención en cualquiera de estas instituciones, excepto en las universidades, siempre que el contenido de la tesis sea eminentemente aplicado. La relación directa entre la tesis doctoral y la labor desarrollada por la doctoranda o el doctorando en la entidad o empresa deberá formalizarse en una memoria científico-técnica que deberá ser aprobada por la universidad.
b) Que se haya suscrito un convenio entre la entidad, empresa o administración pública y la universidad para el desarrollo académico de la tesis doctoral, que establecerá, como mínimo, las obligaciones de las partes y los derechos de propiedad industrial que se puedan generar.
c) Que la doctoranda o el doctorando haya estado contratada o contratado por la entidad, empresa o administración pública donde desarrolle el proyecto de investigación al menos un año durante el desarrollo de la tesis, siendo necesario que una parte sustancial de la misma se desarrolle en la entidad, empresa o administración pública.
La doctoranda o el doctorando tendrá una persona tutora de la tesis designada por la universidad y una persona responsable designada por la entidad, empresa o administración pública, que podrá ser, en su caso, Directora o Director de la tesis de acuerdo con lo establecido en este real decreto. En ningún caso el responsable designado por la empresa podrá formar parte del tribunal evaluador de la tesis.